comprobando que el mismo cumple con los requisitos exigidos en la Ley Orgánica del Trabajo, al no vulnerar derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, procede a su HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO en los mismos términos indicados por la parte actora, dándole efectos de Cosa Juzgada, en consecuencia, una vez transcurridos cinco (5) días hábiles sin que las partes ejerzan recurso alguno contra la presente homologación se dará por terminado el presente juicio y se ordenará el cierre informático y el archivo del expediente. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez
El Secretario
Abg. Aníbal F. Abreu Portillo
Abg. Diraima Virguez