Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA por las ciudadanas YEISIBEL GUIPEL BLEQUETT ALVAREZ y JEANNELYS CHAVEZ COVA, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cedula de identidad Nº 17.628.007 y 19.994.210 respectivamente, por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales contra INVERSIONES NK 0008 C.A. y las ciudadanas ENOHE GREGORIA CABRERA TOUSAINT y CRELYS CARMEN CABRERA TOUSAINT en forma personal, ambas partes identificadas en el presente fallo, condenándose a las co-demandadas a pagar a las demandantes la cantidades derivadas de los conceptos especificados en la motiva del presente fallo, mas lo que resulte de la expertici.....