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Decisiones del dia 06/07/2015

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Décimo Octavo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-S-2015-001482 N° Sentencia : Fecha: 06/07/2015
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
GRUNENTHAL VENEZOLANA FARMACÉUTICA, C.A. / MANUEL JESUS CASTELLANOS CHACÓN
Resumen:
En tal sentido, este Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución, atendiendo a las consideraciones realizadas precedentemente, y asumiendo el criterio establecido por el Juzgado Séptimo Superior de este Circuito Laboral, respecto a las transacciones presentadas en el procedimiento de oferta real de pago, a los fines de garantizar la irrenunciabilidad de los derechos laborales de rango constitucional, NIEGA la solicitud de homologación de la transacción presentada en fecha 02 de julio de 2015, por los motivos expresados supra, y así se establece. No obstante lo anterior, este Tribunal deja constancia que en el presente procedimiento de oferta real de pago, la parte oferente -a través de su apoderado judicial-, realizó un pago a la parte oferida, por la cantidad de cien mil novecientos doce bolívares con ochenta y cuatro céntimos (Bs. 100.912,84) -ver folio 14 del expediente-. La Juez, Abg. María Mercedes Millán El Secretario, Abg. Rafael Flores
Juez/Ponente:
María Mercedes Millán Rivero
Organo:
Juzgado Décimo Octavo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-S-2015-001240 N° Sentencia : Fecha: 06/07/2015
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
"INVERSIONES HOLLYWOOD CLUB, C.A." / JOSÉ RUJANO
Resumen:
En tal sentido, este Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución, atendiendo a las consideraciones realizadas precedentemente, y asumiendo el criterio establecido por el Juzgado Séptimo Superior de este Circuito Laboral, respecto a las transacciones presentadas en el procedimiento de oferta real de pago, a los fines de garantizar la irrenunciabilidad de los derechos laborales de rango constitucional, NIEGA la solicitud de homologación de la transacción presentada en fecha 02 de julio de 2015, por los motivos expresados supra, y así se establece. No obstante lo anterior, este Tribunal deja constancia que en el presente procedimiento de oferta real de pago, la parte oferente -a través de su apoderado judicial-, realizó un pago a la parte oferida, por la cantidad de treinta mil novecientos quince bolívares con sesenta y seis céntimos (Bs. 30.915,66) -ver folio 22 del expediente-. La Juez, Abg. María Mercedes Millán El Secretario, Abg. Rafael Flores
Juez/Ponente:
María Mercedes Millán Rivero
Organo:
Juzgado Décimo Octavo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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