Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Noveno (19º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: INADMISBILE la recusación presentada, por el abogado Francisco Carrillo, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 105.858, apoderado judicial del ciudadano DANIEL RODRIGUEZ PORRAS, cédula de identidad N° 6.888.550, parte actora en el presente procedimiento, contra el ciudadano ROBERT GARCIA TOYO, en su condición de Juez del Tribunal Décimo Noveno (19º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de este Circuito Judicial. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.