el Tribunal deja constancia de la incomparecencia a la presente audiencia, de la parte demandante, ciudadano BENJAMÍN ANTONIO ZERPA RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-5.728.360, y del Tercero llamado a la causa, sociedad mercantil DISTRIBUIDORA ZERCO, S.R.L., ni por si ni por medio de apoderados judiciales algunos; en virtud de lo cual, este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Desistido el Procedimiento y terminado el Proceso, de conformidad con lo dispuesto el Tribunal en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se condena en Costas a la parte demandante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 Ejusdem.
Dada y en la Sala del Despacho, a los diecisiete (17) de marzo de dos mil diez (2010). PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 151°.