En consecuencia, este Juzgado, en virtud que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y las Trabajadoras y artículos 10 y 11 del Reglamento de dicha Ley, le imparte su le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. A los fines solo estatutario de la suma ofertada fue por la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON CUARENTA CÉNTIMOS (BS. 152.569,40) y las partes llegaron a un acuerdo transaccional por la misma cantidad, de igual manera se deja constancia que la presente transacción fue homologada en fase de Sustanciación dándole efectos de cosa juzgada, en los términos expuestos por ellas. Asimismo, en cuanto a las copias solicitadas por ambas partes en el escrito, se acuerda la expedición de tres juegos de las cop.....