Visto el escrito de fecha 19 de enero de 2012, consignado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral de Caracas, contentiva de acuerdo transaccional, suscrito por el ciudadano, JOSÉ MACHADO, titular de la cédula de identidad N° V-13.321.504, debidamente asistido por el abogado PEDRO VILELA, I.P.S.A N° 119.708, parte actora en el presente procedimiento y el abogado JONATHAN VARELA, I.P.S.A N° 118.054, quien manifestó ser apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual, luego de hacerse recíprocas concesiones las partes, convinieron en que la parte demandada paga al demandante JOSÉ MACHADO, titular de la cédula de identidad N° V-13.321.504, cheque N° 33077612 girado contra en BANCO MERCANTIL, por la cantidad de CUATROCIENTOS SETENTA MIL BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs: 470.000,00); por todos y cada uno de los conceptos que se especifican en el documento transaccional. La referida transacción constituye un finiquito total y definit.....