En este estado, el Tribunal homologa el acuerdo celebrado entre las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y acuerda expedir las copias certificadas solicitadas por las partes de conformidad con el numeral 3 del artículo 21 eiusdem, instándolos a consignar los respectivos fotostatos para su certificación. Con relación al coaccionante WILLIAM RICARDO HOPKINS ACOSTA, este Tribunal en virtud que aún no se ha llegado a un acuerdo, las partes solicitaron la suspensión de la presente causa desde el día 27 del presente mes y año hasta el 12 de julio de 2017, ambas fechas inclusive, lo cual fue acordado por este Juzgado de conformidad con el Parágrafo Segundo del artículo 202 del Código de Procedimiento Civil que se aplica por analogía según el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia, se prolonga la presente audiencia para el día JUEVES 13 DE JULIO DE 2017, A LAS 11:00 A.M., de conformidad con lo previsto.....