En virtud de los razonamientos anteriormente realizados, este Tribunal Vigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana MARIA ALEJANDRA AVILA ESCOBAR contra la empresa BOKER FINANCIAL INSURANCE SOUTH AMERICAN BROFINSA, C.A. SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada a pagar a la actora la cantidad de TRECE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO 04/100 CENTIMOS (Bs. 13.365,04). por los conceptos establecidos en la motiva del presente fallo. TERCERO: SE ORDENA la designación de un solo experto contable, cuyos honorarios correrán por cuenta de la demandada, a fin de que determine los intereses sobre prestación de antigüedad, los intereses de mora y la indexación monetaria con base a los parámetros e.....