CAPITULO III
PARTE DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones anteriores, este Juzgado Vigésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por las ciudadanas DESIREE CAROLINA BARRIOS PEREZ y KARELIS JOSE MORALES DE GONZALEZ contra la entidad de trabajo FUNDACION AMIGOS DEL DEPORTIVO PETARE., arriba identificadas por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, condenándose a ésta al pago de la cantidad por los conceptos que fueron determinados en el cuerpo de la presente decisión. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida.