Declara: ÚNICO: el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO en la presente causa, y una vez firme la presente decisión, se dictará por auto separado, en su debida oportunidad procesal, ordenando el cierre y archivo del presente expediente. Teniendo las partes cinco (5) días hábiles, contados a partir de la presente fecha, exclusive, para interponer las defensas que estimen convenientes contra la presente decisión., Se ordena la devolución de las pruebas consignadas en esta oportunidad por la parte demandada.