En consecuencia, dicho lo anterior se acuerda oficiar a SUDEBAN, a los fines de verificar las cuentas bancarias de las empresas condenadas es decir; las sociedades A).-SOCIEDAD MERACANTIL HISPANO PORTUGUEZ, C.A. (RIF:J-00247836-5) y B).-FIRMA PERSONAL CERVECERIA JUPITER RESTAURANT. (Fondo de comercio).-RIF: V-061138012-0. Así se decide. Líbrese oficio.
Respecto a las personas naturales C.-JOSE SIMAO DA ROCHA E SILVA. E.-81.687.873, MARIA JULIA FERREIRA DA COSTA E.-81.865.949 y JULIO GARRIDO GONZALEZ: V.-6.138.012, este tribunal lo niega por las razones precedentemente expuestas. Así se decide.
En la misma oportunidad vista la solicitud realizada por la parte actora a los fines que solicite al Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital y Estado Miranda, copia de todo el expediente de la firma personal CERVECERIA RESTAURANT JUPITER, inscrita bajo el número 224,tomo 16-B de fecha 07 de agosto de 1972 y su modificación bajo el numero 42,tomo 2-c, de fecha 26 de febrero .....