En consecuencia este Juzgado homologa el acuerdo de las partes en cuanto el procedimiento de oferta real, negándose el desistimiento de la acción, todo ello en el procedimiento de oferta real intentado por la parte oferente la entidad de trabajo representada por el abogado JUAN CARLOS PRINCE, inscrito en el Inpreabogado, bajo el numero: 57.053, actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil LA PARTE OFERENTE "INVERSIONES CELL2U ", a favor de la parte OFERIDA , el ciudadano RONALD JOSE GONZALEZ MATERAN, titular de la cédula de identidad Nº: V-17.077.525 ", dándole efecto de cosa juzgada . Así se decide.
La Jueza
El Secretario
Abg. Beatriz Pinto
Abg. Héctor Rodríguez