Por las consideraciones expuestas, este Juzgado Vigésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara CON LUGAR la acción incoada por la ciudadana MIRIAN JACQUELIN RAMIREZ AMON, contra la empresa MEDICAL LASER AND SPA LA CASTELLANA C.A y en consecuencia se condena a las parte demandada a cancelar los siguientes conceptos y cantidades: por prestación de antigüedad TRES MIL SETECIENTOS DOCE BOLÍVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 3.712,50); intereses sobre prestaciones sociales QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON NOVENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 599,94); indemnización por terminación de la relación laboral TRES MIL SETECIENTOS DOCE BOLÍVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 3.712,50); vacaciones fraccionadas 2012-2013 SETECIENTOS TREINTA Y TRES BOLÍVARES CON TREINTA CÉNTIMOS (Bs. 733,3.....