este Juzgado Vigésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara CON LUGAR la acción incoada por el ciudadano JORGE LUIS GUZMAN, contra la empresa MGH PROTECCION INTEGRAL CA, en consecuencia, se condena a la parte demandada a cancelar los siguientes conceptos y cantidades: antigüedad: Bs. 11.170,47; intereses de las prestaciones: Bs. 1.507,13; vacaciones: Bs. 10.310,85; utilidades fraccionadas: Bs. 889,31; intereses de mora por falta de pago de las prestaciones sociales, (literal "f" Art. 142 LOTTT): Bs. 1.331,51; indexación de las prestaciones sociales: Bs. 4.580,74; intereses de mora de los demás conceptos condenados: intereses que se causan desde el 28/10/2014 (fecha de notificación de la demandada) y visto que a la fecha en que se esta publicando el presente fallo solo ha si.....