Por las consideraciones expuestas, este Juzgado Vigésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara CON LUGAR la acción incoada por el ciudadano CARLOS EDUARDO GRATEROL GIANNONE, contra la empresa TOTAL SECURITY C.A, en consecuencia, se condena a la parte demandada a cancelar los siguientes conceptos y cantidades: antigüedad: Bs. 14.642,93; intereses de las prestaciones: Bs. 1.055,42; salario mínimo no garantizado: Bs. 891,90; pago de los días sábados, domingos y feriados en función del salario variable: Bs. 27.663,00; vacaciones: Bs. 4.488,00; bono vacacional: Bs. 4.488,00; utilidades fraccionadas: Bs. 6.800,00; indemnización por despido injustificado: Bs. 14.642,93; intereses de mora por falta de pago de las prestaciones sociales, (literal "f" Art. 142 LOTTT): Bs. 1.304,43; in.....