PRIMERO: Se acuerda lo solicitado por la representación judicial de la parte actora, en su diligencia de fecha 17-01-2014, por lo que ordena librar oficio al Ministerio Público, a los fines de que proceda a abrir una averiguación, con el objeto de establecer las responsabilidad penal de los representantes legales, estatutarios o judiciales de la demandada y condenada en la presente causa, el HOSPITAL MILITAR "DR. CARLOS ARVELO", ente público adscrito al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por la presunta comisión del supuesto de hecho penal de desacato a la autoridad judicial, específicamente, del mencionado decreto de ejecución forzosa de fecha 04-03-2013, del fallo proferido en la presente causa en fecha 27 de mayo de 2009, por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial Laboral del Área Metropolitana de Caracas, el cual fue confirmado mediante decisión proferida en fecha 16 de Octub.....