DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°). Se declarar IMPROCEDNETE, por ser contrario a derecha la impugnación de la experticia complementaria del fallo, presentada por la parte demandada en escrito de fecha 23-01-2014, por cuanto no se dan los supuesto de hechos regulados en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, en lo que respecta a la procedencia del reclamo en alegado por las partes, en contra una experticia complementaria ordenada de un fallo y debidamente consignada por el experto contable designado, a tales fines. Así se establece.
2°). Se ordena notificar a las partes de la presente decisión. Líbrese boleta de notificación Así se establece.
Dada, firmada y sellada e.....