DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declarar IMPROCEDNETE, por ser contrario a derecha la solicitud presentada mediante diligencia en fecha 12-12-2013, por el ciudadano NERIO OMAR GARCIA VASQUEZ, abogado inscrito en el IPSA bajo el Nº.37.760, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora e la presente causa, mediante la cual solicita la entrega de la libreta de ahorros que este Juzgador ordeno aperturar a la Oficina de Control de Consignación de este Circuito Judicial del Trabajo, a favor del referido actor, ciudadano ELIEZER ANTONIO GUAPARUMA, en la cual se depositaría el cheque distinguido con el N°.00731279, por la cantidad de ONCE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO.....