DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°). HOMOLOGADA el desistimiento del presente procedimiento solicitado por los ciudadanos YONNATHAN JOSE RAMIREZ NUÑEZ, SOSA FREDDY JOSE y ARANGUREN MIGUEL EDUARDO, Venezolano, mayores de edad, civilmente hábiles y titulares de las cédulas de identidad Nos.V-19.631.386, V-5.315.519 y V-6.732.856, en sus caracteres de parte codemandantes en la presente causa, en los términos precedentemente señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el artículo 11 de al Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.
2). Se condena en costas a los ciudadanos YONNATHAN JOSE RAMI.....