DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA el desistimiento del presente procedimiento solicitado por la representación judicial del parte actora, en los términos precedentemente señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el artículo 11 de al Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.
SEGUNDO: Igualmente, este Juzgado da por TERMINADO el presente expediente, en lo que respecta a la entidad de trabajo TROMSON DE VENEZUELA. EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL (TROMSONTT). Así se establece.
TERCERO: Se ordena librar nuevos carteles de notificación a la parte demandada PEPSICO ALIMENTO.....