Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR, la acción que por diferencia de prestaciones sociales, incoara el ciudadano MIGUEL ANTONIO APONTE LIOTA, Venezolano, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad Nº: V-4.884.137, contra la empresa FOSPUCA LIBERTADOR C.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (Ahora Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 28 de Diciembre de 1.993, bajo el Nº: 62, Tomo: 78-A-Sgdo, cuya última modificación de estatutos sociales fue registrada en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (Ahora Distrito Capital) y Estado Miranda, bajo el Nº: 16, Tom.....