Visto el escrito presentado por los ciudadanos BASILIO GARCÍA, asistido por el abogado ORLANDO CARABALLO, identificado con el IPSA nro 43.772, actuando en su carácter de parte DEMANDADA y el abogado JUAN NETO, actuando en su carácter apoderado judicial de la parte ACTORA, identificado con el IPSA nro. 117.066, mediante el cual presentan ESCRITO DE TRANSACCION, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal HOMOLOGA la presente transacción; dándole efectos de cosa juzgada. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del expediente. Archívese.-