DE LA HOMOLOGACION
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva y de conformidad con lo previsto en el Articulo 133 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido en presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera Derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden publico, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos que se establecieron, dándole efecto de Cosa Juzgada. Se Acuerda expedir las copias certificadas de la presente acta, se ordena el cierre del presente expediente, así como su posterior remisión a la Oficina de Archivo. Igualmente este Juzgado deja constancia que hizo entrega a las partes de las pruebas aportadas al inicio de la audiencia preliminar, quienes declaran haberlas recibido en este acto.