Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR, la acción que por diferencia de prestaciones sociales, incoara la ciudadana, MARYURI JOSEFINA REY MUJICA, Venezolana, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad Nº: V- 15.505.421, contra la empresa SERVICIOS DE VIGILANCIA, RESGUARDO Y PROTECCION (SERVIRESPROCA), C. A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (Ahora Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 15 de Noviembre de 1.976, bajo el Nº: 51, Tomo: 110-A-Sgdo, cuya última modificación por acta de asamblea general extraordinaria fue registrada por ante el Registro Mercantil Primero del la Circunscripción Ju.....