el Tribunal con fundamento en que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, homologa el acuerdo entre ROGER A. RODRIGUEZ V. y BANCO EXTERIOR C.A. BANCO UNIVERSAL dándole efectos de cosa juzgada. En cuanto a la copia certificada solicitada este Tribunal acuerda su expedición. Finalmente, en vista que el juicio ha concluido se ordena el cierre y archivo del expediente y se devuelven los escritos de promoción de pruebas a las partes con sus respectivos anexos.