después de revisar exhaustivamente dicho escrito y comprobando que el mismo cumple con los requisitos exigidos en la Ley Orgánica del Trabajo, al no vulnerar derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, procede a la HOMOLOGACIÓN DEL ACUERDO presentado así como del DESISTIMIENTO en los mismos términos indicados por la ambas partes , dándole efectos de Cosa Juzgada,