Ahora bien, para determinar la procedencia de la medida preventiva solicitada, con vista a la existencia o no de la presunción grave del derecho que se reclama, se observa del escrito libelar que el tema que corresponde decidirse en la presente causa, es el pago de prestaciones sociales y demás beneficios laborales del ciudadano Francisco Baquero Álvarez por la supuesta relación laboral que le une con la empresa demandada, por lo cual existe una presunción grave del derecho que se reclama.
Con respecto, al elemento periculum in mora, el apoderado judicial de la parte accionante, no aporta pruebas que demuestren que se venderá el fondo de comercio y que con ello, va a quedar ilusoria la ejecución del fallo. Es importante destacar que la Ley Orgánica de Trabajo protege a los trabajadores en caso de sustitución del patrono, estableciendo obligaciones tanto para el patrono sustituto como para el patrono sustituido, en casos como el señalado en el escrito libelar.
De acuer.....