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Decisiones del dia 19/10/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-S-2010-001054 N° Sentencia : Fecha: 19/10/2010
Procedimiento:
Oferta De Pago
Partes:
CRUZ CARECERES NOHORA IVONNE VS. FUNDACION INFOCENTRO
Resumen:
Vista la diligencia presentada por el abogado Walter R. Proaño G., en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente Fundación Infocentro, mediante la cual desiste de la oferta real de pago identificada con el número AP21-S-2010-001054, se revisan en el instrumento poder que presenta y que riela a los autos, se observa que tiene facultad expresa para desistir. En efecto, sin que se haya perfeccionado la oferta real de pago, pues no se depositó ninguna cantidad en cuenta de ahorro a favor de la parte oferida, este Juzgado Homologa el desistimiento del presente procedimiento y ordena librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones a los fines que deje sin efecto la apertura de cuenta de ahorro en el Banco Industrial de Venezuela. Líbrese oficio.
Juez/Ponente:
Milagros Jimenez
Organo:
Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-S-2010-001033 N° Sentencia : Fecha: 19/10/2010
Procedimiento:
Oferta De Pago
Partes:
LUGO NAVARRO IVELICE VS. ITALCAMBIO, C.A.
Resumen:
Visto el desistimiento de la oferta real de pago presentado por la abogado Nelmarys Marrero, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número140.398, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil oferente Italcambio, C.A., se revisaron las facultades conferidas en el instrumento poder que acredita su representación, observándose que tiene facultad para desistir del proceso o procedimiento. Asimismo, se revisaron las actas procesales del presente asunto y se determinó que no perfeccionó la oferta real de pago, al no haberse tramitado la apertura de la cuenta de ahorro a nombre de la parte oferida y por ende el depósito de la cantidad ofrecida. De la misma manera, la apoderada judicial supra identificada informa que se dio el pago de los montos ofertados por otros medio, en consecuencia este Juzgado homologa el desistimiento del procedimiento. Se ordena librar oficio a la Oficina de Control y Consignaciones de este Circuito Judicial del Trabajo a los.....
Juez/Ponente:
Milagros Jimenez
Organo:
Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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