En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por el ciudadano José Leonardo García contra la empresa La Copelancita de Venezuela, C.A. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de la suma de CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLÍVARES CON SESENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 5.835,61).