En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales intentada por el ciudadano Bartolo Iván Bueno en contra de la sociedad mercantil Seguridad y Vigilancia Eagle, C.A. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar al ciudadano Bartolo Iván Bueno 45 días de antigüedad por Bs. 1.922,73; Intereses sobre prestaciones sociales que serán calculados mediante experticia complementaria según la parte motiva de la presente sentencia, 8,75 días de utilidades fraccionadas por Bs. 373,89; 11,25 días de vacaciones fraccionadas por Bs. 480,71, 5,25 días de bono vacacional fraccionado por Bs. 224,33. Igualmente, se ordena el pago de los intereses moratorios de conformidad co.....