este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicho acuerdo, cuyo monto total fue por BOLÍVARES SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs.77.789,49); y comprende de acuerdo al contenido de la transacción y el escrito libelar, los siguientes conceptos: diferencia de bono nocturno, diferencia de bono vacacional, diferencia de días feriados y diferencia de utilidades; y del mismo expediente se evidencia el instrumento valor (cheque) mediante el cual se dio cumplimiento a la obligación, el cual fue girado a favor de la Trabajadora, contra el Banco de Venezuela Banco Universal, cheque Nº00348593, de fecha 11 de agosto de 2015; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 19 del .....