con la finalidad de poner fin a la presente litis solicitando al Juzgado que conoció en fase de sustanciación la correspondiente Homologación, dándole efecto de cosa juzgada. Igualmente, tomando en consideración auto de este Tribunal, de fecha veinte y seis (26) de julio de dos mil seis (2006), en el cual se insta al abogado ALEJANDRO RODRÍGUEZ FERRARA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°25.422, a que consigne el instrumento poder que evidencie su representación, con la facultad expresa para transigir y como quiera que en fecha treinta (30) de enero de dos mil siete (2007), el profesional del derecho consignó en los autos dicho instrumento poder, este Tribunal de seguida se pronuncia. En consecuencia, este Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia Sustanciación Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, administrado Justicia y por autoridad de la Ley, declara: por cuanto la Transacción celebrada entre los ciudadanos VALENTÍN BELLO, cédula de identidad N.....