Visto escrito de fecha veinticinco (25) de septiembre de 2013, presentado por los ciudadanos: YAJAIRA CAROLINA RUIZ, abogada, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°65.603, quien asiste a la parte Oferida ciudadana CELIA MARGARITA ULIANA, cédula de identidad Nº-25.762.814 y ELISA MARTÍNEZ CASTEJÓN, abogada, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°26.482, en su carácter de apoderada judicial de la parte Oferente INVERSIONES LA CASA-DELA, C.A. (RRESTAURANT LA CASTAÑUELA); este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, revisa el contenido de dicho escrito y observa que la parte Oferente ofrece la cantidad de Bs.8.753,91. Asimismo, se evidencia que la parte Oferida ciudadana CELIA MARGARITA ULIANA, cédula de identidad Nº-25.762.814, se encuentra debidamente asistida de abogada, acepta dicho ofrecimiento por la cantidad de BOLÍVARES FUERTE.....