este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, revisa el contenido de dicho escrito y observa que el Oferente ofrece la cantidad de Bs.36.925,73. Asimismo, se evidencia que el Oferido ciudadano JOSÉ REINALDO QUINTERO FLORES, cédula de identidad NºV-17.497.972 debidamente asistido de abogado, acepta dicho ofrecimiento por la cantidad de BOLÍVARES TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO CON SETENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs.36.925,73), por los siguientes conceptos y días: 60 días de garantía de prestaciones sociales; 35 días de vacaciones; 15 días de bono vacacional; 60 días de utilidades; e intereses sobre prestaciones sociales. Asimismo, corresponde a este Tribunal verificar los términos del mencionado acuerdo de las partes, el cumplimiento de los requisitos previstos en el 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Tr.....