Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de Ley, RECHAZA LA COMPETENCIA FUNCIONAL declarada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, planteada mediante auto de fecha 06 de noviembre de 2014, y declara la INCOMPETENCIA FUNCIONAL de este Tribunal Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para conocer del presente recurso contencioso laboral, interpuesto por los querellantes ciudadanos MIGUEL ALBERTO GONZÁLEZ OLIVERA, RAFAEL MARCEL ESPINOZA, MARÍA SILVIA VERDE RONDÓN y RICARDO ENRIQUE GIL SILVA, que tiene por .....