Las partes han llegado al siguiente acuerdo: La parte Demandada, ofrece en este acto cancelar a la parte actora la cantidad de CUATRO MILLONES DE BOLÍVARES EXACTOS (Bs.4.000.000,00), en cheque de gerencia girado contra el Banco Provincial, a favor del ciudadano ANGEL ALFONSO ARTEAGA, cédula de identidad N°1.726.160, el cual se le entrega en este acto la parte Demandada a la parte Actora, como también se acompaña en copia simple del cheque de gerencia, cuenta N°0108-0580-590900000019, N°00273053, de fecha 19 de enero de 2007. En este orden de consideraciones, dicho monto incluye todos y cada unos de los conceptos reclamados en el libelo, es decir, los conceptos por prestaciones sociales: Transferencia 19-07-1997 al 31-12-1997; Antigüedad 1998, 1999, 2000; Párrafo 1° del artículo 108 LOT; Preaviso artículo 125 de la LOT; Indemnización por Despido; Días acumulados por año artículo 108 LOT; Vacaciones Fraccionadas 2000; Bono Vacacional Fraccionado 2000, Utilidades Fraccionadas 2000; Inte.....