La parte Demandada TRANSPORTE LÁCTEO GADAMA C.A., a través de su apoderado judicial EDGAR RAMOS, abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°23.136, ofrece en este acto cancelar a la parte Actora la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.1.500.000,00), discriminados de la siguiente manera: en cheque girado contra Banco Corp Banca C:A:, N°82481330, a favor del ciudadano ANDRÉS RAFAEL DOMENECH ACOSTA, a cuyos efectos se ordena agregar a los autos copia simple del instrumento de valor a los autos; dicho monto corresponde a las prestaciones sociales, específicamente a la antigüedad, intereses sobre prestaciones, vacaciones vencidas, utilidades fraccionadas, bono vacacional, indemnización por despido. Igualmente, se deja constancia que se ordena agregar en a los autos documento que vincula a la disolución de la sociedad mercantil demandada, como también copia simple del acta de desalojo practicada por un Tribunal de Municipio. En consecuencia, dicho monto constituye un arr.....