Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara Parcialmente Con Lugar la Acción Intentada, por la ciudadana ATENAS GREMAR LÓPEZ ESCORIHUELA, titular de la cédula de identidad Nº11.195.512, contra la sociedad mercantil LA PEDREGOSA TOURS & VENEZUELA VIAJES Y TURISMOS C.A., inscrita en el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 2, Tomo 8-A-Pro, en fecha seis (06) de abril de 1990, por cobro de Prestaciones Sociales, condenándose a la parte Demandada, a pagar a la parte Demandante o Actora los siguientes conceptos y montos: PRIMERO: Por concepto de Antigüedad, la cantidad de DOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTE Y CUATRO BOLÍVARES CON VEINTE Y CINCO CÉNTIMOS .....