Revisadas como han sido las actas procesales, este Tribunal observa que en fecha catorce (14) de noviembre de 2013, la representación judicial de la parte Demandada BZS CONSTRUCCIÓN, S.A., presentó escrito mediante el cual hace llamamiento a tercero en los siguientes términos:
"Considerando que la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su artículo 54, prevé la posibilidad de solicitar la notificación de un tercero respecto a la cual el demandado, considera que la controversia es común o a quien la sentencia pueda afectar.", (subrayado y negrillas de este Tribunal).
En este orden de consideraciones, el llamamiento se efectúa a la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (por órgano del Ministerio del Poder Popular de Vivienda y Hábitat –Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat), toda vez que el denominado Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat, en su naturaleza jurídica constituye una unidad administrativa sin personalidad jurídica, que se encuentra .....