; en tal sentido y en el interés superior de la niña (X) , en base a los parámetros establecidos en el artículo 8° de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; esta Sala de Juicio RATIFICA LA MEDIDA DE COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN, la cual fue ratificada en fecha 27 de junio de 2006, en beneficio de la niña (X) en la Entidad de Atención Casa Hogar José Gregorio Hernández. Asimismo se acuerda oficiar a la institución antes mencionada, a los fines de notificarle de la ratificación de la medida de colocación en Entidad de Atención. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZA DE SALA,
AGUEDA DOMINGUEZ LA SECRETARIA
ADRIANA MIRELES.
AP51-S-2000-001316