Por las razones de hecho y de derecho precedentemente invocadas, esta Sala de Juicio II del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA al ciudadano (...), venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° (...), para comprar a nombre del adolescente (...), de diecisiete (17) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° (...), el inmueble destinado a vivienda distinguido con el N° (...), Urbanización El Cafetal, Municipio Baruta del Estado Miranda