En consecuencia, se ordena a la ciudadana (...), madre de la niña (...), a asistir a las terapias y demás actividades que establezca la entidad de atención FUNDANA, con la finalidad de que supere las dificultades observadas por los expertos de esa institución, de manera que la evolución que experimente permita que la madre de la niña, en lo futuro, permita la reinserción de su hija a su lado.