SE RATIFICÓ la Medida de Protección Provisional de Colocación en Entidad de Atención, dictada a favor de la adolescente De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes, modificando su lugar de ejecución, la cual será de ahora en adelante la Entidad de Atención Casa Hogar María Goretti, ubicada en el Municipio el Hatillo, Zona Rural Sabaneta, Sector La Capilla, todo de conformidad con los artículos 126 literal "i", 128 y 131 de nuestra mencionada Ley Especial, razón por la cual la máxima autoridad de la referida Entidad de Atención, será quien ejerza la Responsabilidad de Crianza de la adolescente de autos, tal y como se establece en los artículos 358 y 396 ejusdem,