En consecuencia, esta Sala de Juicio ordena la suspensión de la medida precautelativa de embargo que recae sobre las prestaciones sociales que corresponden al ciudadano ANGEL ALEXIS CARRASCO QUINTERO, que fue dictada por esta Sala de Juicio mediante auto de fecha 01 de noviembre de 2000, y comunicada al Coronel Director de Seguridad Social de la Guardia Nacional, Ministerio de la Defensa, mediante oficio nro. 1824-12892 de la misma fecha. Se ordena librar oficio a la Dirección antes mencionada a los fines de comunicar lo ordenado por esta tribunal.