"..este JUEZ UNIPERSONAL Nº 6 DE LA SALA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara con lugar la presente Conversión de la Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio. En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos CARMEN MERCEDES HERNANDEZ CAPOTE y FRANCO BENEDETTI MELE MARTINI, previamente identificados, contraído por ante la Alcaldía del Municipio Leoncio Martínez, Distrito Sucre del Estado Miranda, en fecha diecinueve (19) de Junio de 1.986, según Acta Nº 154, Folio 187, de los Libros de Matrimonio llevados por ese despacho.
En cuanto a los adolescentes "...cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente...", habidos del matrimonio, esta Sala de Juicio homologa el acuerdo suscrito por las pa.....