"...acuerda conceder AUTORIZACIÓN JUDICIAL suficiente para que el adolescente "...cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente..." ; pueda viajar a la ciudad de Colorado, Estados Unidos de Norteamérica, por el periodo comprendido entre el día ocho (08) de Julio de 2007, y regresando el día dieciséis (16) de Septiembre de 2007. Asimismo, se ordena a la madre del adolescente de autos, ciudadana TERESITA VIDAURRE BRACHO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V -4.774.052..."