es por lo que esta Sala de Juicio acuerda de conformidad con lo solicitado, y procede a levantar la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha dieciséis (16) de Septiembre de 2002, la cual fue participada mediante oficios N° 38022 a la oficina Subalterna del Cuarto Circuito de Registro Público del Municipio Libertador del Distrito Capital; la cual se describe a continuación:
PRIMERO: Se levanta Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un inmueble destinado a vivienda, constituido por un apartamento distinguido con el N° 15-10-A, ubicado en el piso quince (15) del edificio "A" del Conjunto Habitacional "MARISCAL DE AYACUCHO" situado en la avenida Intercomunal del Valle, sector C-F-1, en Jurisdicción de la Parroquia Foránea el Valle del Municipio Libertador, la cual consta de las siguientes dependencias: tres (03) dormitorios, un (01) baño, estar, comedor, terraza techada, cocina, lavandero, planchadero y tendedero de ropa, constante de una superficie de S.....