"..este JUEZ UNIPERSONAL Nº VI DE LA SALA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de REVISIÓN DE OBLIGACIÒN ALIMENTARIA incoada por la ciudadana JENNY MARIA DE OLIVEIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.483.637, quien fuere debidamente asistida por la ciudadana SHELMIG CARREÑO MACHADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 31.883, en interés y beneficio de los niños "...cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente...", contra el ciudadano ALEJANDRO JOSE MAZZUKA CABRERA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.905.510
En consecuencia, queda establecida la Obligación Alimentaria en beneficio de los niñ.....