"...En el mérito de las anteriores consideraciones, este JUEZ UNIPERSONAL Nº VI DE LA SALA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de REVISIÓN DE OBLIGACIÒN ALIMENTARIA incoada por la ciudadana ANIER ANYELIT GUZMAN GONZALEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-12.916.378, y de este domicilio, quien fuere debidamente asistida por la ciudadana DAMELYS MOTA, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.403, en interés y beneficio de los niños "...cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente...", contra el ciudadano ANGEL DAVID ISTURIZ DUARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-.....